EL CRIMEN COMO HECHO SOCIAL

EL CRIMEN COMO HECHO SOCIAL

CONCEPTO Y MÉTODO EN LA TEORÍA SOCIOLÓGICA DEL DELITO Y DE LA PENA DE EMILE DURKHEIM

VICTORI GÓMEZ MARTÍN

22,00 €
IVA incluido
(SIN STOCK) CONSULTE DISPONIBILIDAD
Editorial:
Editorial Reus, S.A.
Año de edición:
2022
Materia
Derecho penal
ISBN:
978-84-290-2702-0
Páginas:
204
Encuadernación:
Rústica
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Abreviaturas Prólogo de Mirentxu Corcoy   A modo de preámbulo: crimen natural y crimen social en mindhunter   Capítulo I: Apuntes sobre la teoría sociológica del delito Apuntes sobre la teoría sociológica del delito   Capítulo II: El fenómeno o hecho social como objeto del estudio sociológico en Durkheim. Concepto y características I. Introducción II. Definición de hecho social como fenómeno sui generis general y colectivo III. Clases de hechos sociales   Capítulo III: El método sociológico-positivista de Durkheim I. Reglas relativas a la observación de los hechos sociales. El “cosismo” como perspectiva epistemológico-positivista en la Sociología de Durkheim II. Reglas principales sobre la disciplina del sociólogo en la aplicación del método científico . Planteamiento . Evitación sistemática de toda prenoción . Definición del objeto de estudio mediante la exclusiva expresión de las propiedades inherentes al fenómeno o hecho social y de sus elementos integrantes inmediatamente visibles . Evitación de datos sensibles subjetivos tendentes a una excesiva identificación con la propia personalidad del observador . Reglas relativas a la constitución de los tipos o especies sociales . Reglas relativas a la explicación de los hechos sociales. Crítica de Durkheim a las concepciones utilitaristas y psicologicistas de la Sociología y a las teorías del contrato social . Reglas relativas a la administración de la prueba. El procedimiento comparativo de variaciones concomitantes   Capítulo IV: La función configuradora del objeto del método sociológico: La normalidad como presupuesto de posibilidad del objeto de la Sociología en Durkheim. La confusión entre normalidad y anormalidad en el delito como hecho social I. Algunos presupuestos metodológicos II. Reglas relativas a la distinción entre lo normal y lo patológico en Durkheim III. La aparente confusión entre lo normal y lo patológico en la formulación del concepto de crimen como hecho social. Los conceptos integración, desintegración y anomia en Durkheim . Conceptos de Derecho penal y de delito en Durkheim . Existencia de reglas de comportamiento sancionadas declarativas de sanciones represivas . El delito como lesión de sentimientos sociales profundamente arraigados. La teoría de la conciencia colectiva de Durkheim. En especial, el derecho represivo como mecanismo fortalecedor de la conciencia colectiva . El delito como lesión de la autoridad. El concepto de autoridad del Estado. Los delitos contra el Estado, funcionarios públicos y delitos análogos como delitos “artificiales” . Función simbólica del Derecho penal y protección de la solidaridad intersubjetiva . La aparente confusión entre lo normal y lo patológico en el concepto de delito   Recapitulación  A modo de epílogo: anomia, solidaridad mecánica y delincuencia artificial, más de un siglo después  Bibliografía

"El autor, al analizar la teoría sociológica de Durkheim, sale de su zona de confort y se adentra en la Sociología y en su relación con la Criminología y el Derecho penal. Pese a que la obra de Durkheim se desarrolló a finales del siglo XIX, sigue siendo actual, ya que ha influido en el pensamiento de diversos autores a lo largo del siglo XX. Por ello el abordaje que realiza Víctor Gómez sobre su pensamiento le permite enlazar metodologías y concepciones del siglo XIX sobre la teoría del delito y de la pena con las contemporáneas. . La relación entre las teorías de Durkheim y otras actuales, como las de Jakobs, conduce al autor a un análisis crítico de estas últimas. Víctor Gómez plantea una propuesta personal acerca de la función del Derecho penal, de la exigible coexistencia del consecuencialismo y del principialismo, la importancia del bien jurídico y la concepción de este último no exclusivamente como protección de derechos subjetivos sino también de bienes jurídicos supraindividuales, concebidos como forma de garantizar la libertad de los individuos y sus posibilidades de participación en la vida soc